Nueva ley que regula el Home Office

México Laboral

Por: Guadalupe Rivemar

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Toma nota de la NOM-037

No podemos negar que el paso de la pandemia del Covid19, trajo cambios significativos en diversos ámbitos de nuestra vida y por supuesto, entre ellos, incluimos el ámbito laboral. Uno de los más obvios, es el trabajo a distancia, desde casa, teletrabajo, o también conocido por el término en inglés como home office.

Sin duda, muchas empresas dejaron de rentar un espacio o lo redujeron (y con ello abatieron costos), porque descubrieron que sus empleados pueden seguir cumpliendo con sus tareas de manera responsable y ser productivos, trabajando desde otro espacio que no es la oficina tradicional.

También algunos empleados, encontraron la ventaja de no gastar recursos y tiempo en transporte, o en alimentos. Quizá para muchas madres (o padres) de familia, resulta conveniente el home office, puesto que esta modalidad les permite prestar atención a sus hijos, es decir, estar con un ojo al gato (el hogar) y otro al garabato (el trabajo).

Para regular esta modalidad y no dar margen a abusos (o malos entendidos) tanto por parte de empleadores o empleados, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ha emitido una Norma Oficial que fue publicada el 8 de junio de este 2023, en el Diario Oficial de la Federación: la NOM-037. O sea, hay que estar vigilantes y cumplir con ciertas obligaciones, por ley.

Para que tengan una idea. ¿Usas tu propio equipo de cómputo para realizar tu trabajo? Pues toma nota, porque tu jefe está obligado a proporcionarte las herramientas necesarias para cumplir con tus tareas, incluyendo la silla ergonómica para que cuides tu espalda, además, cubrir una parcialidad de servicios tales como electricidad, internet, etc.

Pero también por parte del empleado hay que cumplir con ciertas reglas, tales como abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o drogas durante la jornada, respetar las políticas de la empresa y algo muy importante que es respetar la confidencialidad de la información de la empresa. No hay nada en cuanto dress code, creo que el uso de pijama, es permitido.

Tenemos un margen para familiarizarnos antes de que entre en vigor la nueva norma, el mes de diciembre. Si te interesa conocer al detalle la NOM-037, ya seas patrón o empleado, recomendamos entrar aquí:

www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5691672&fecha=08/06/2023#gsc.tab=0

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